Uno de los temas de fuerte incidencia
social de parte del Movimiento de Mujeres, es el acceso a la Justicia y ¿que
entendemos por acceso a la Justicia? Desde mi punto de vista, se refiere a que
las ciudadanas mujeres que enfrenten un conflicto en el que tengan la necesidad
de acudir a los Tribunales de Justicia, el sistema pueda garantizarles un trato
igualitario, justo, con la efectiva aplicación del marco jurídico para
garantizar sus Derechos.
Las autores Carlos Lista y Silvia Begala lo
señalan como un hecho social: “El vínculo entre los individuos como ciudadanos
y el sistema judicial, para la defensa de sus derechos legalmente reconocidos,
partiendo de suponer que dicho acceso no es igualitario y de admitir que es un
derecho igualmente consagrado por el principio de igualdad ante la ley”
Me gustaría que podamos recorrer juntas o
darnos una idea de cómo son esos caminos que caminan diferentes rostros
de mujeres pobres, de clase media, iletradas o profesionales, rurales o
urbanas, hacia esa Justicia, Justicia material y ver un poco más allá de este
concepto contraponerlo con el acceso a la Justicia social que muchas veces es
el más perenne y doloroso.
Pastor
Evangélico: Ernesto Tercero Jarquín- Iglesia Amor y Paz de Matagalpa-
Nicaragua, acusado por los delitos de: acoso sexual y violencia sicológica.
El camino recorrido por la adolescente
de 14 años víctima de estos delitos, su madre, hermana y familiares,
desde la interposición de la denuncia en la Comisaría de la Mujer cuentan 9
meses en su totalidad hasta la realización del juicio oral y público el 22 de
abril de año 2013.
En un proceso judicial en donde ya contando
con la aprobación de la Ley Integral contra la violencia hacia las Mujeres Ley
779, que establece como principio que rige todo el proceso: El principio de
celeridad, es decir rapidez para garantizar el acceso a la justicia pronto y
oportuno, sin embargo el proceso estuvo lleno de obstáculos.
Una de estos obstáculos se dio inicialmente
con la orden de captura emitida por la Jueza Ivania Sancho, en donde la defensa
solicito se revocará porque, no había sido solicitada por el Ministerio Público,
quién ejerce la representación de la víctima, dicha orden se revocó. Lo que dio
pie a que el Pastor Tercero Jarquín, presumiera de su inocencia en los medios
de comunicación local y nacional, esto le brindó la oportunidad de acercarse nuevamente
a la adolescente para presionarla y coaccionar a su familia para que se
retractaran de la decisión de continuar con el proceso, llegando hasta su
comunidad y su casa a acosarlas nuevamente.
El proceso penal en sí y las reglas
establecidas por el Derecho proporcionan a la defensa técnica de los acusados, la posibilidad de retrasar el acceso a la Justicia, se recusa a la Jueza, es
decir la defensa alega que esta no tiene competencia para conocer del caso, se
abre entonces términos técnicos para escuchar la recusación, la conoce el
Tribunal de apelaciones y no da lugar a apartar a la Jueza del proceso.
El Ministerio Público solicita nuevamente
se gire orden de captura dos meses después de solicitada, el Pastor es
capturado ya que fue capaz y en un acto de inocencia extrema solicita
entrevista con el Fiscal Departamental Dr. Richard Lara González en las
oficinas del Ministerio Público de Matagalpa, sabiendo que existía orden de
captura el Fiscal llama a la Policía para que se haga efectiva la orden de
captura del acusado.
Religión,
biblia y el abuso sexual
En la mayoría de los abusos sexuales, los
agresores resultan ser los abuelos, padres, hermanos, familiares o personas
conocidas al vínculo familiar, por tal razón cuando una niña o adolescente
decide hablar del abuso o llegar a denunciarlo, esto divide socialmente a las
familias, porque se entremezcla la idea de considerar imposible, que esa
persona más cercana de nuestra familia sea capaz de realizar un acto tan
agresivo como este.
En este caso el acosador sexual era un
Pastor evangélico, con un poder simbólico revestido por creencias religiosas,
hubo miembros entre ellas mujeres, que defendieron a capa y espada la inocencia
del pastor, cada persona tiene el derecho de profesar una religión, pero el
abuso sexual y la violencia hacia las mujeres no puede ser explicado desde la
biblia o las creencias, sino desde los Derechos Humanos y el sentido común.
La adolescente y su familia estuvieron a
punto de desistir de continuar con el proceso, porque aunque la Ley 779 este en
contra de la re victimización, es decir exponer a las víctimas a revivir una y
otra vez los hechos de violencia vividas, hubo una re victimización social
señalización y culpabilización constante hacia la adolescente, desde el
estereotipo de la mujer vengativa y mentirosa, que fragua toda una trama para
vengarse del hombre. Mezclado con la explicación de la religión, “el Pastor es
un hijo de Dios jamás cometería tal cosa”, a la adolescente en su comunidad se
le impidió bautizarse, la Pastora o líder de su iglesia le dijo: “No te vamos a
bautizar hasta que retires la denuncia, porque se está acusando injustamente al
Pastor él es un hijo de Dios”
Sentencia le
declara: Culpable de acoso sexual y violencia sicológica
En la lectura de sentencia la Jueza Ivania
Sancho, declaró la culpabilidad del Pastor acusado de acoso sexual y violencia
sicológica, afirmando que existía una relación de poder, siendo él un hombre
mayor de 50 años que en situaciones de indefensión acosaba a una adolescente de
14 años, pidiéndolo un beso, tomándola de la cintura, diciéndole que la
invitaba a comerse un sorbete (helado) dándole dinero metiéndole diez córdobas
en la bolsa de su blusa de uniforme escolar e intentando besarla y diciéndole
que se encontraran en otro sitio, esto durante todo un año que la esperaba
escondido a la salida de la escuela. Todo esto sin presencia de los adultos o
tutores responsables.
Amplío que la adolescente, tiene derecho a
la indemnidad sexual, es decir que ningún adulto o persona puede impedir el
desarrollo y crecimiento de su personalidad, que el Estado debe proteger ese
desarrollo pleno sicológico y emocional, que los daños a su integridad
sicológica eran evidentes a través de la valoración sicológica por parte de la
perita.
Hizo mención del derecho a ser escuchada
durante el proceso de las adolescentes, y expreso: que esta reconocía la figura
del pastor como referencia de respeto le decía: “pero usted es pastor, un
pastor no hace esto que usted me pide” que las percepciones sobre la violencia
en este caso, fueron vividas desde su condición de adolescente.
La Jueza afirmó, que en ningún momento
estaba en debate la “honorabilidad” del Pastor, ya que 3 testigos de la
defensa, declararon que él Pastor era un hombre bueno, que nunca había tenido
problemas con nadie. La protección social a los abusadores sexuales, desde los
poderes simbólicos e intocables que crea la religión y las creencias,
fortalecen mitos alrededor del abuso sexual, es imposible creer para parte de
la sociedad, que un pastor o un profesor sea capaz de abusar sexualmente de una
adolescente.
Finalmente, en esta historia vivida por la
adolescente y su familia se tuvo acceso a la justicia material, con la
sentencia emitida por la Jueza, se envía un mensaje social claro, el acoso
sexual recurrente hacia a una adolescente constituyen violencia, ya que en el
imaginario social el femicidio o la violación agravada tiene más importancia al
momento de ser juzgado desde el punto de vista jurídico, sin embargo aquellas
situaciones normalizadas socialmente constituyen un delito.
Sin embargo, que hay de la justicia social,
después de la sentencia judicial, en su comunidad la adolescente y sus
familiares, siguen siendo señaladas y culpabilizadas por acusar a un “hijo de
dios” que se posiciono como la “víctima en el proceso siendo el agresor” como
el Cristo crucificado. Hoy por hoy, no existen programas del Estado de
Nicaragua que garanticen un seguimiento sicológico y social para la atención de
las adolescentes víctimas de violencia. Mientras tanto se sigue apuntando a la
garantía del Derecho al acceso a la Justicia a la par del acceso a la Justicia
social.
Es probable hayan otros casos como el de esta adolescente y quizás por temor no denuncian y peor aún con todo ese acoso o señalamiento social a la misma víctima.
ResponderEliminarGracias Karen Magaly, por tu comentario, tenés razón, en secreto y la clandestinidad muchas mujeres dijeron haber sido víctimas del acoso, del Pastor pero nunca se atrevieron a hablar, el acto de denuncia de la adolescente y su familia, fue un acto de valentía, que reconfortó a otras mujeres. Saludos!
EliminarEXCELENTE amiga, sin duda alguna lo que narras es totalmente cierto, no solo pasa en Nicaragua, en Venezuela tambièn se ven estos casos. Te invito a leer (descargar) el libro SANGRE EN EL DIVÁN narra un FEMINICIDIO perpetrado por Edmundo Chirinos, reconocido psiquiatra de trayectoria publica, es acusado por el asesinato de Roxana Vargas. Ibeyise Pacheco (Periodista) tuvo la oportunidad de entrevistar en numerosas ocasiones a los implicados y relacionados con el caso, y en especial al doctor Chirinos.
EliminarCon la acuciosidad de la periodista incisiva que es, el juicio sera el escenario de partida de este profundo trabajo de investigación que construye y da cuenta de la personalidad enigmática de Chirinos, la truculencia del caso, los testimonios dramáticos de las victimas, los archivos de la fiscalía, y en grado mayor los encuentros con el doctor en los que la periodista interroga, deja hablar, persuade, y en ese forcejeo se revela la retorcida y decadente brillantez del doctor.
Ibeyise no elude las escenas mas crudas, deja que lo explicito se muestre y mientras, como telón de fondo, un acercamiento al carácter nacional, quizá dislocado, quebrado psíquicamente. El estilo de Ibeyise es preciso, apunta al dato, no deja cabos sueltos y resuelve en la sentencia el suspenso de reportaje que deviene relato. Chirinos ha sido condenado a veinte años de prisión.
Hola querida Emily, gracias por tu comentario! Me has dejado enganchada con el título del libro y su contenido espero encontrarlo en internet. Y tenés razón compartimos de hecho en nuestra región latinoamericana muchas realidades entre ellas la violencia hacia las mujeres. Te abrazo desde Nicaragua hasta tu hermosa Venezuela.
EliminarCuando yo tenía 15 años fuí acosada por un activista de derechos humanos. Tome conciencia hasta ya grande. Att Maria Jose Diaz
ResponderEliminarQue lamentable María José sin duda que los abusadores tienen muchas máscaras para protegerse.
EliminarRealmente el machismo está tan arraigado en pleno siglo XXI, a pesar de los avances en materia de derechos humanos y el reconocimiento formal que se hace de los derechos de las mujeres. Todavía cuesta aceptar que nadie puede estar por encima de la ley y que todo acto que violente derechos humanos debe ser castigado venga de donde venga. El abuso y la violencia están socialmente legitimados cuando las victimas somos las mujeres, seamos niñas, adolescentes o adultas. El caso que nos relatas y la sanción legal al acosador, es ejemplificante, a pesar de la actitud de la comunidad, porque en medio de la controversia, el delito no quedo impune y nos da la posibilidad de continuar reflexionando sobre la injusticia que enfrentamos por haber nacido con vagina.Juanita Jimenez.
ResponderEliminarGracias compañeras y colegas del Movimiento Autónomo de Mujeres por compartir también sus reflexiones y continuamos juntas recorriendo este camino por la lucha por los DDHH de las mujeres,
EliminarExcelente haber encontrado tu blog, uno nuevo espacio donde darás tu pelea personal, firme, alegre,creativa..por un mundo mejor para tus sueños y los de todas las mujeres..un gran abrazo ¡¡
ResponderEliminarUn abrazo Armando gracias por el aliento esperanzador aún en la distancia y por animar a posicionar las ideas siempre los haz hecho personalmente pero también colectivamente. Abrazo
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