Como activista de Derechos Humanos de las
Mujeres y Abogada Feminista, es inevitable no pronunciarme sobre los
cuestionamientos actuales a la Ley Integral contra la violencia hacia las
Mujeres que entró en vigencia el veinticuatro de junio del año dos mil doce.
A solo nueve meses de aplicación, uno de
los primeros cuestionamientos se realizó a través de la interposición de cuatro
recursos por inconstitucionalidad, de parte de abogados litigantes y un
empresario, quiénes alegan que la aprobación de esta ley se contradice con la
Constitución Política de Nicaragua, al violentar principios constitucionales,
como el principio de igualdad ante ley, principio de presunción de inocencia y
la igualdad entre hombres y mujeres entre otros.
Daremos unas miradas a los diferentes
escenarios que se han suscitado, voces de protesta del movimiento de mujeres,
sectores religiosos y posturas desde el Estado.
Yarrince Piqueras un joven que define su postura. |
Escenario político dentro de la Corte
Suprema de Justicia.
Desde la interposición de los recursos por
inconstitucionalidad la Presidenta de la Suprema Doctora Alba Luz Ramos,
defendió la constitucionalidad de la Ley, afirmó: “Hay Magistrados que no estaban a favor de la Ley y que estarían
cabildeando posibles reformas, pero que por ética profesional no podía revelar
sus nombres”
Continuó con sus posturas cada vez más
firmes, expreso que los abogados que habían interpuesto los recursos eran
quienes se oponían a la modernización del sistema de justicia que estaban
aliados con el crimen organizado y fueron quiénes ocasionaron daños al Complejo
Judicial en Nejapa-Managua, cuando se empezó a ejecutar el nuevo modelo de
atención judicial implementado en el 2012.
Es sabido que la Doctora Alba Luz Ramos, ha
hecho propuestas de cambio desde su administración en la Suprema vinculadas a
la incorporación de políticas de género, pero que dentro del Poder Judicial
existen tres bloques, compuesto por varios Magistrados que luchan desde el
poder político y partidario entre ellos Sandinistas y Liberales, obedeciendo a
la vez a mantener mayor control político partidario dentro del Partido de
Gobierno el F.S.L.N, en un artículo de “Trinchera” se asegura que, el
Magistrado Rafael Solís lidera uno de esos bloques ya que también quiere
aumentar el control partidario y crear alianzas con su cuñado Edwin Castro en
la Asamblea Nacional.
¿Pero por qué razón esta ley es tan
importante políticamente?
Sí la controversia sobre la aplicación de esta ley
estuviera exclusivamente vinculado al tema jurídico, tenemos suficientes
argumentos legales desde los Derechos Humanos y los compromisos del Estado de
proteger y garantizar los Derechos de las mujeres, sin embargo sabemos que se
mezclan otros intereses políticos desde el modelo de negociar los Derechos
Humanos de las mujeres y otros sectores sociales a cambio de seguir manteniendo
el control de la ciudadanía y sus votos.
El Gobierno ha venido implementando un
modelo político-familiar, en donde se muestra a un padre protector que es
Daniel Ortega y una madre buena que nos quiere Rosario Murillo la primera dama,
sumado a una política religiosa que incluye a Dios y la Virgen violentando la
laicidad del Estado, de esta forma se ha asegurado la simpatía y sumisión del
pueblo Nicaragüense que en su mayoría se define entre católicos y evangélicos.
El gobierno continúa manteniendo el control
y negociación de los Derechos Humanos de las mujeres, aprobando una ley y
posteriormente en un estado de incertidumbre de la garantía de un acceso a la
justicia que permita el Derecho a vivir una vida libre de violencia y sin
discriminación, el último escenario se ha dado cuando después de esa actitud
firme en defensa de la Ley 779 la misma presidenta de la Corte Suprema en un
cambio de postura ha expresado: “que se ha considerado incorporar la figura de
la mediación en la Ley”
El Gobierno ha venido invadiendo terreno a
la actuación de los movimientos sociales entre ellos el Movimiento de Mujeres,
arrogándose desde toda su política partidaria y con fines electoreros, la inclusión
de políticas de género y hacia la diversidad sexual para presumir de
inclusividad y limitando a la vez la canalización de fondos de la cooperación a
este último sector.
El claro objetivo del gobierno es impedir
el “empoderamiento” del Movimiento Feminista y del Movimiento de Mujeres en
Nicaragua a cambio de tener dentro de sus aliados a los sectores religiosos
católicos y evangélicos, lamentablemente los Derechos Humanos de las mujeres
siguen siendo negociados para mantener el control político del Gobierno que
deja en evidencia su incapacidad total para cumplir con su obligación de
protección de los mismos, la historia es cíclica y se repite igual que la penalización
del aborto en Nicaragua y el mismo debate en torno a la aprobación del Código
de Familia y los Derechos de las personas Homosexuales, Lesbianas, Bisexuales y
Transgéneras.
Escenario Social
Diferentes sectores sociales entre ellos:
pastores de las iglesias evangélicas, sacerdotes y obispos han considerado que
la Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres, divide a las familias y
que da un trato desigual hacia los hombres, llamando a la unidad familiar y
fortaleciendo el estereotipo de la mujer que miente sobre un delito para acusar
injustamente a un hombre.
El poder de las iglesias y la religión
siguen estando presentes en la explicación de las problemáticas sociedades y
decisiones estatales y nuestro país no es la excepción.
Por otra parte, esta Ley ha sido aprobada
en un contexto social en donde siguen habiendo bajos índices de acceso a la
educación en general, pero también a una educación que fomente una cultura
jurídica en Derechos Humanos y en igualdad de género. Por lo tanto una ley
progresista que mueva los cimientos para un cambio respecto a la igualdad de
derechos, ha sido vista como “enemiga” desviando lamentablemente la mirada
hacia los análisis más importantes, no es una ley que divide a las familias
sino la violencia la pobreza y la falta de acceso a la educación.
Este fenómeno lo vimos también con la
aprobación del Código de la Niñez, la sociedad sigue considerando que esta ley
promueve la delincuencia infantil, es lo que sucede cuando se instauran leyes
progresistas en sociedades con poca educación en Derechos Humanos.
Hoy por hoy el debate debería estar
centrado en garantizar una estructura que garantice la ejecución efectiva de la
Ley 779, esto relacionado a la formación de los funcionarios del sistema de
justicia penal, fortaleciendo y brindando mayor presupuesto a la Policía
Nacional, Ministerio Público y Sistema Penitenciario.
La Ley no solamente tiene un enfoque
penalista sino uno educativo y preventivo hasta ahora el Estado no ha
garantizado la ejecución en este sentido que involucre a las otras
instituciones del Estado como el Ministerio de Educación MINED, Ministerio de
Salud MINSA y Ministerio de la Familia MIFAM.
Escenario Legal
Algunas Abogadas Feministas integrantes del
Movimiento de Mujeres, han expresado, que si este fuese el único espacio que
enfrentaríamos para defender la Ley 779 ante las posibles reformas o recursos
de inconstitucionalidad tendríamos suficientes argumentos para debatir, sin
embargo sabemos que existen otros poderes e intereses debajo del aparente
discurso y debate visible.
La abogada
feminista costarricense y consultora internacional para temas de la mujer, Alda
Facio, afirmó: “Todos los recursos que han introducido en contra de las leyes
para protección de la mujer, hablan del principio de igualdad. Esa confusión se
debe a que hay una mala interpretación y conceptualización del principio de
igualdad. Esto significa precisamente tratar a los desiguales idénticamente y
eso en los postulados de los derechos humanos es discriminatorio”.
Agregó que “no basta con declarar la igualdad entre mujeres y hombres en la Constitución Política o en las leyes de cada Estado, eso es lo que se conoce como igualdad formal”
Es decir, que el
respeto del principio Constitucional a la Igualdad no se refiere a que hombres
y mujeres deban ser tratados idénticamente iguales, sino que de acuerdo a sus
condiciones biológicas, sociales, económicas y culturales el Estado debe
garantizar a cada uno y una el respeto a su integridad física, psicológica,
Derecho a la salud, el acceso a la justicia y el Derecho a vivir una vida libre
de violencia.
Por ejemplo: Las
mujeres desde el enfoque del Derecho a la salud, requerimos el acceso al examen
de Papanicolaou y el Estado a través del MINSA debe garantizar este derecho,
los hombres no necesitan practicarse este examen, entonces ¿estaríamos hablando
de discriminación hacia ellos?
Desde la lógica de
considerar que la ley violenta el principio de igualdad, a los hombres muchas
leyes en Nicaragua, como la Ley de personas con discapacidad, Ley de personas
con VIH-SIDA y el Código de la Niñez serían inconstitucionales ya que se está
dando un trato desigual a estos grupos sociales frente a otros grupos que no
son discapacitados o conviven con el VIH-SIDA.
El Derecho y los Derechos Humanos evolucionan conforme
evolucionan los contextos sociales y políticos, es obligación del Estado,
garantizar los Derechos de grupos discriminados, excluidos y explotados
históricamente, por tal razón existen leyes especiales para la niñez, las
personas con discapacidad, las personas con VIH, los pueblos indígenas entre
otros grupos, ya que el Derecho no puede ser homogéneo, sin darle rostro a
estos grupos entre ellos nosotras las Mujeres, que somos la mitad de la
población Nicaragüense.
Como mencioné anteriormente el Estado no ha fomentado una
educación basada en Derechos Humanos por tal razón, existe mucho desconocimiento
alrededor de la ejecución de la ley, se ha dicho que si un hombre es víctima de
violencia de una mujer no puede denunciar porque no hay ley a su favor, lo que
es totalmente aberrante jurídicamente ya que existe un Código Penal que
establece claramente los delitos contra las personas.
Otra mentira repetida sin conocimiento se ha referido a
que pueden haber denuncias falsas, cuando el Código Procesal Penal establece
filtros jurídicos para analizar las investigaciones realizadas por la Policía
Nacional o la Comisaría de la Mujer, es decir que estas instituciones están
encargadas de analizar con enfoque técnico jurídico si existen suficientes
elementos de prueba para acusar formalmente a una persona.
Jóvenes Activistas Red de Mujeres del Norte y de Matagalpa |
El debate continúa desde el Movimiento de Mujeres esperamos,
que el Estado cumpla con su obligación de garantizar, proteger y promover los
Derechos Humanos de las Mujeres y sus obligaciones establecidas en los Tratados
Internacionales y que los Derechos Humanos de las Mujeres no sean negociados,
arrebatados ni invadidos desde un Estado opresor y discriminador como ha sido
en casos claros y específicos el Estado de Nicaragua.
Oralia me ha gustado leerte...me parece que, incluso, el mismo Estado esta violentando los derechos de las mujeres víctimas de violencia con el simple hecho de no impulsar campañas d sensibilización y concientización para prevenir y erradicar la violencia hacia las mujeres.
ResponderEliminarGracias por tu comentario. Así es tenés razón esa parte educativa y de prevención aún no ha sido ejecutado ya que la Ley es integral no solamente de sanción. Un abrazo!
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